•  
  •  
 

Resumen

Es preciso dotar de un contenido pedagógico y de una orientación específica a la tan traída y llevada «igualdad de oportunidades entre los sexos» (igualdad en qué e igualdad para qué). La igualdad de oportunidades entre los sexos, en el ámbito educativo, debe constituir, por un lado un espacio para la superación de la discriminación de la mujer en la esfera de la enseñanza ejerciendo una reflexión crítica sobre los estereotipos sexistas socialmente dominantes, al tiempo que se garantiza la libertad de los padres para educar a sus hijos conforme a sus convicciones pedagógicas, tal y como garantiza la futura Constitución Europea. El Estado a través de sus políticas públicas de enseñanza no sólo debe garantizar la igualdad de oportunidades desde una perspectiva pedagógica sino también, y sobre todo, jurídica, ofreciendo y garantizando los márgenes de libertad suficiente acordes al pluralismo que una sociedad abierta exige.

Descriptores: Política de la educación, igualdad de oportunidades, coeducación, educación diferenciada por sexo, libertad de enseñanza.

Licencia Creative Commons | Creative Commons License

Creative Commons Attribution-NonCommercial 4.0 International License

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial 4.0.
This work is licensed under a Creative Commons Attribution-NonCommercial 4.0 International License

Share

COinS

Palabras clave | Keywords

coeducación, igualdaddeoportunidades, libertaddeenseñanza, políticadelaeducación